ATENCIÓN, INFORMACIÓN MUY IMPORTANTE PARA LOS SACERDOTES Y LOS FIELES DE LA ARQUIDIÓCESIS DE CARTAGENA

El Papa Francisco nos recuerda ayudas espirituales muy importantes que tiene la Iglesia y que pocas veces utilizamos, pero serán de mucha ayuda para el acompañar a los fieles durante la emergencia del coronavirus. Invito a todos los sacerdotes para que la hagamos conocer y para que la apliquemos cuando los fieles las soliciten.

En cuanto a la Indulgencia plenaria y las absoluciones colectivas lo hizo el Papa Francisco a través de la Penitenciaria Apostólica, la noticia está publicada en el siguiente link: https://bit.ly/2J5cN1g , en cuanto al perdón de los pecados, comenta directamente el Papa Francisco, la noticia está en el siguiente link: https://bit.ly/3a8ZGaX .

Invito a todos los sacerdotes de la Arquidiócesis a que ofrezcan estas ayudas espirituales. Nuestros fieles las anhelan. Serán de gran ayuda. La publicación de estás noticias están publicadas en el medio oficial del Vaticano: VaticanNews.  

Jorge Enrique Jiménez Carvajal.

Arzobispo de Cartagena.


Noticia No. 1.

INDULGENCIA PLENARIA Y POSIBLES ABSOLUCIONES COLECTIVAS POR EMERGENCIA CORONAVIRUS

Ante la emergencia del Covid-19, la Iglesia ofrece la posibilidad de obtener la indulgencia plenaria a los fieles que sufren de coronavirus, así como a los trabajadores de la salud, a los familiares y a todos aquellos que, en cualquier calidad, incluso a través de la oración, se ocupan de ellos. Esto se establece un Decreto de la Penitenciaría Apostólica publicado este viernes, 20 de marzo y firmado por el Cardenal Mayor Penitenciario Mauro Piacenza y el Regente, Monseñor Krzysztof Nykiel.

En este sentido, la Penitenciaría Apostólica precisa que, para obtener la indulgencia plenaria, los enfermos con coronavirus, los que están en cuarentena, así como los trabajadores de la salud y los familiares que se exponen al riesgo de contagio por ayudar a los afectados por el Covid-19, podrán simplemente recitar el Credo, el Padre Nuestro y una oración a María.

Igualmente, para obtener las indulgencias, otras personas podrán elegir entre varias opciones: visitar el Santísimo Sacramento o la adoración Eucarística o leer las Sagradas Escrituras durante al menos media hora, o recitar el Rosario, el Vía Crucis o la Coronilla de la Divina Misericordia, pedir a Dios el fin de la epidemia, el alivio de los enfermos y la salvación eterna para aquellos a los que el Señor ha llamado a sí.

La indulgencia plenaria puede ser obtenida también por los fieles que a punto de morir no pueden recibir el sacramento de la unción de los enfermos y el viático: en este caso se recomienda el uso del crucifijo o de la cruz.

La posibilidad de la absolución colectiva

Además, la Penitenciaría Apostólica – afirma una Nota que acompaña al Decreto – por «la gravedad de las circunstancias actuales», y «especialmente en los lugares más afectados por el contagio de la pandemia y hasta que no termine este fenómeno», recuerda la posibilidad de impartir la «absolución colectiva», es decir, a varios fieles juntos, «sin previa confesión individual».

En cuanto a la absolución colectiva – explica la Penitenciaría – «el sacerdote está obligado a avisar al Obispo diocesano, en la medida de lo posible, o, si no puede, a informarle lo antes posible». En efecto, corresponde siempre al Obispo diocesano – subraya la nota – «determinar, en el territorio de su propia circunscripción eclesiástica y en relación con el nivel de contagio pandémico, los casos de grave necesidad en los que es lícito impartir la absolución colectiva: por ejemplo, a la entrada de las salas de hospitalización, donde se hospeda a los fieles infectados y en peligro de muerte, utilizando en la medida de lo posible y con las debidas precauciones los medios de amplificación de la voz, para que se oiga la absolución».

La Penitenciaría también pide que se evalúe «la necesidad y conveniencia de crear, cuando sea necesario, de acuerdo con las autoridades sanitarias, grupos de ‘capellanes extraordinarios de hospitales’, también con carácter voluntario y en cumplimiento de las normas de protección contra el contagio, para garantizar la necesaria asistencia espiritual a los enfermos y moribundos».

Además, donde «los fieles individuales se encuentran en la dolorosa imposibilidad de recibir la absolución sacramental, debe recordarse que la contrición perfecta, procedente del amor de Dios amado sobre todas las cosas, expresada por una sincera petición de perdón (la que actualmente puede expresar el penitente) y acompañada de votum confessionis, es decir, por el firme propósito de recurrir cuanto antes a la confesión sacramental, obtiene el perdón de los pecados, incluso mortales», como se indica en el Catecismo de la Iglesia Católica (n. 1452).


Noticia No. 2.

¿PERDÓN SIN UN SACERDOTE? EL PAPA RECUERDA CÓMO RECIBIRLO

Personas al final de la vida sin capellanes, familias encerradas en sus casas y imposibilitadas de encontrarse con el l sacerdote debido a la emergencia de Covid-19: en la homilía a Santa Marta Francisco cita el Catecismo y la «contrición» que perdona los pecados en espera de ir a confesarse.

La salvación de las almas, es la ley suprema de la Iglesia, el criterio interpretativo fundamental para determinar lo que es justo. Es por ello que la Iglesia siempre busca, de todas las maneras posibles, ofrecer la posibilidad de reconciliación con Dios a todos aquellos que lo desean, que están en búsqueda, que esperan o que se dan cuenta de su condición y sienten la necesidad de ser acogidos, amados, perdonados. En estos tiempos de emergencia debido a la pandemia, con personas gravemente enfermas y aisladas en pabellones de cuidados intensivos, así como para las familias a las que se les pide que se queden en casa para evitar la propagación del contagio, es útil hacer recordar a todos la riqueza de la tradición. Lo hizo Francisco durante la homilía de la misa en Santa Marta del viernes 20 de marzo.

«Sé que muchos de ustedes, para Pascua, van al confesarse para reencontrarse con Dios». Pero, muchos me dirán hoy: ‘Pero, Padre, ¿dónde puedo encontrar un sacerdote, un confesor, por qué no se puede salir de casa? Y yo quiero hacer las paces con el Señor, quiero que Él me abrace, quiero que mi papá me abrace… ¿Cómo puedo hacer si no encuentro sacerdotes?’ Haga lo que dice el Catecismo».

«Es muy claro: si no encuentras un sacerdote para confesarte, habla con Dios, que es tu Padre, y dile la verdad: ‘Señor, he hecho esto, esto, esto… Perdóname’, y pídele perdón con todo mi corazón, con el Acto de Dolor, y prométele: ‘Me confesaré más tarde, pero perdóname ahora’. Y de inmediato, volverás a la gracia de Dios. Tú mismo puedes acercarte, como nos enseña el Catecismo, al perdón de Dios sin tener un sacerdote a mano. Piensa en ello: ¡es la hora!  Y este es el momento adecuado, el momento oportuno. Un acto de dolor bien hecho, y así nuestra alma se volverá blanca como la nieve».

El Papa Francisco se refiere a los números 1451 y 1452 del Catecismo de la Iglesia Católica. Sobre el tema de la «contrición», el Catecismo, citando al Concilio de Trento, enseña que entre los actos del penitente «ocupa el primer lugar». Es «el dolor del alma y la reprobación del pecado cometido, acompañado de la intención de no pecar más en el futuro».

«Cuando proviene del amor del Dios amado sobre todas las cosas – continúa el Catecismo – la contrición se llama ‘perfecta’ (contrición de la caridad). Tal contrición perdona los pecados veniales; también obtiene el perdón de los pecados mortales, si implica el firme propósito de recurrir, lo antes posible, a la confesión sacramental». Por lo tanto, mientras se espera recibir la absolución de un sacerdote tan pronto como las circunstancias lo permitan, es posible con este acto ser perdonado inmediatamente. Esto también fue afirmado por el Concilio de Trento, en el capítulo 4 de la Doctrina de sacramento Penitencia, donde se afirma que la contrición acompañada de la intención de confesión «reconcilia al hombre con Dios, incluso antes de que este sacramento sea efectivamente recibido».

Un camino para la misericordia de Dios abierto a todos, que pertenece a la tradición de la Iglesia y que puede ser útil a todos y de manera especial es útil para aquellos que en este momento están cerca de los enfermos en las casas y en los hospitales.


DECRETO PENITENCIARIA APOSTÓLICA

Se otorgan indulgencias especiales a los fieles afectados por la enfermedad de Covid-19, comúnmente conocida como Coronavirus, así como a los trabajadores de la salud, los miembros de la familia y todos aquellos que, en cualquier capacidad, incluso con oración, los cuidan.

«Alégrate en la esperanza, constante en la tribulación, perseverante en la oración» (Rom 12,12).

Las palabras escritas por San Pablo a la Iglesia de Roma resuenan a lo largo de la historia de la Iglesia y guían el juicio de los fieles ante cada sufrimiento, enfermedad y calamidad.

El momento presente en el que toda la humanidad está amenazada, amenazada por una enfermedad invisible e insidiosa, que desde hace mucho tiempo ha entrado fuertemente en la vida de todos, está marcada día tras día por temores angustiados, nuevas incertidumbres y sobre todo un sufrimiento físico generalizado. y moral.

La Iglesia, siguiendo el ejemplo de su Divino Maestro, siempre ha tenido ayuda para los enfermos de corazón. Como lo indicó San Juan Pablo II, el valor del sufrimiento humano es doble: «Es sobrenatural, porque está enraizado en el misterio divino de la redención del mundo, y también es profundamente humano, porque en él el hombre se encuentra a sí mismo, el su humanidad, su dignidad, su misión «(Carta Apostólica Salvifici doloris, 31).

Incluso el Papa Francisco, en los últimos días, ha expresado su cercanía paterna y ha renovado la invitación a rezar sin cesar por los pacientes con coronavirus.

Para que todos los que sufren a causa de Covid-19, precisamente en el misterio de este sufrimiento, puedan redescubrir «el mismo sufrimiento redentor de Cristo» (ibid., 30), esta Penitenciaria Apostólica, ex auctoritate Summi Pontificis, confiando en la palabra de Cristo el Señor y considerando con espíritu de fe que la epidemia actualmente en curso, que se vivirá en términos de conversión personal, otorga el don de Indulgencias bajo las siguientes condiciones.

La indulgencia plenaria se otorga a los fieles afectados por el coronavirus, sometidos a un régimen de cuarentena por disposición de la autoridad de salud en hospitales o en sus propios hogares si, con el alma separada de cualquier pecado, se unen espiritualmente a través de los medios de comunicación para la celebración de la Santa Misa, la recitación del Santo Rosario, la práctica piadosa del Vía Crucis u otras formas de devoción, o si al menos recitarán el Credo, el Padre Nuestro y una invocación piadosa a la Santísima Virgen María, ofreciendo esta prueba en un espíritu de fe en Dios y la caridad hacia nuestros hermanos y hermanas, con la voluntad de cumplir las condiciones habituales (confesión sacramental, comunión eucarística y oración según las intenciones del Santo Padre), tan pronto como sea posible para ellos.

Trabajadores de la salud, miembros de la familia y aquellos que, siguiendo el ejemplo del Buen Samaritano, exponiéndose al riesgo de contagio, ayudan a los pacientes con Coronavirus de acuerdo con las palabras del divino Redentor: «Nadie tiene un amor más grande que esto: dar vida por sí mismos amigos »(Jn 15, 13), obtendrán el mismo don de la indulgencia plenaria en las mismas condiciones.

Además, esta penitenciaria apostólica otorga voluntariamente la indulgencia plenaria en las mismas condiciones con motivo de la epidemia mundial actual, incluso a aquellos fieles que ofrecen una visita al Santísimo Sacramento, o la adoración eucarística, o la lectura de las Sagradas Escrituras durante al menos media hora, ya sea la recitación del Santo Rosario, o el ejercicio piadoso del Vía Crucis, o la recitación de la Coronilla de la Divina Misericordia, para implorar al Dios Todopoderoso el cese de la epidemia, el alivio para aquellos que están afligidos y la salvación eterna. de cuántos se ha llamado el Señor a sí mismo.

La Iglesia reza por aquellos que encuentran imposible recibir el sacramento de la Unción de los enfermos y el Viático, confiando a todos y cada uno a la Misericordia divina en virtud de la comunión de los santos y concede la Indulgencia plenaria al fiel en el momento de la muerte, siempre que haya estado debidamente dispuesto y haya recitado habitualmente algunas oraciones durante la vida (en este caso, la Iglesia compensa las tres condiciones habituales requeridas). Para lograr esta indulgencia, se recomienda el uso del crucifijo o la cruz (cf. Enchiridion indulgentiarum, n.12).

La Santísima Virgen María, Madre de Dios y de la Iglesia, Salud de los Enfermos y Ayuda de los Cristianos, nuestra abogada, quisiera ayudar a la humanidad sufriente, rechazando de nosotros el mal de esta pandemia y obteniendo todo el bien necesario para nuestra salvación y santificación.

Este decreto es válido a pesar de cualquier disposición contraria.

Dado en Roma, desde la sede de la Penitenciaría Apostólica, el 19 de marzo de 2020.

Mauro Card. Piacenza
Penitenciario mayor